Moyobamba fue calificado como riesgo extremo en la región San Martín, las otras 9 provincias se mantiene en riesgo muy alto
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Televisión Tarapoto
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El Gobierno ha dispuesto una serie de medidas focalizadas para enfrentar la segunda ola de la pandemia por la COVID-19 en el Perú.
Detalles
Inmovilización social obligatoria estricta: de lunes a sábado de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente. Los domingos durante las 24 horas.
Establecimientos comerciales deben cerrar tres (03) horas antes del inicio del toque de queda.
Transporte interprovincial terrestre: se permite con un aforo del 50% al 100%, según las disposiciones para viajes interprovinciales terrestres durante la emergencia nacional.
Aforos permitidos:
Artes escénicas en espacios abiertos (se prohíben eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas): 20%.
Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 20%.
Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 40%.
Restaurantes y afines: 30% en zonas internas con ventilación y 30% al aire libre. Se permite delivery de 4:00 a. m. a 11:00 p. m. de lunes a domingo.
Bancos y otras entidades financieras: 40%.
Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y otros: 30%.
Peluquerías, spa, barberías y afines: 40% previa cita.
Enseñanza cultural en espacio abierto: 20%.
Delivery de farmacias y boticas: las 24 horas.
No está permitido:
Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas.
Templos y lugares de culto.
Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
Uso de playas.
Reuniones en espacios abiertos y cerrados.
Detalles
Restricción de vehículos particulares: domingos todo el día.
Inmovilización social obligatoria estricta: de lunes a domingo de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
Establecimientos comerciales deben cerrar dos (02) horas antes del inicio del toque de queda.
Transporte interprovincial terrestre: se permite con un aforo del 50% al 100%, según las disposiciones para viajes interprovinciales terrestres durante la emergencia nacional.
Aforos permitidos:
Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 20%.
Artes escénicas en espacios abiertos (se prohíben eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas): 30%.
Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 30%.
Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%.
Restaurantes y afines: 30% en zonas internas con ventilación y 40% al aire libre.
Bancos y otras entidades financieras: 50%.
Templos y lugares de culto: 20%.
Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y otros: 40%.
Enseñanza cultural en espacio abierto: 40%.
Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre: 30%.