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¿Cuándo comenzarán a pagar a los beneficiarios del segundo listado?

Para la creación de este nuevo padrón de beneficiarios, el Gobierno usó información del portal de Reniec y el Censo Nacional. Conoce los requisitos que debes cumplir para acceder al subsidio.

A inicios de julio alrededor de 5 millones 300 mil hogares ya habían recibido el bono, según indicó el Gobierno.

A partir de esta semana el Gobierno comenzaría a entregar el segundo tramo del bono familiar universal, según lo anunciado por el presidente Martín Vizcarra en su último Mensaje a la Nación.

«A través de portal de Reniec se recogió información de familias que no figuraban en el padrón de hogares, y usando otras fuentes como el Censo Nacional se ha focalizado 2 millones y medio de nuevos hogares que necesitan apoyo«, indicó.

Previamente el viceministro de trabajo, Juan Carlos Requejo, señaló que los beneficiarios del segundo padrón podrán cobrar el subsidio desde la primera o la segunda semana de agosto.

Cabe recordar que hace dos semanas el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobaron dos nuevos padrones de beneficiarios de las áreas urbana y rural.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ya transfirió los cerca de s/. 1,391 millones al Ministerio de Trabajo para la entrega del bono.

¿Cuáles son los requisitos?

Para que sea uno de los beneficiarios de este apoyo económico de s/. 760.00 debes cumplir con los siguientes criterios:

  1. Ningún integrante del hogar debe haber recibido ninguno de los bonos anteriores: Yo me quedo en casa, Independiente y Rural.
  2. No deben estar registrados en la planilla del sector público o privado, excepto pensionistas y modalidad formativa.
  3. Tampoco puede tener un ingreso superior a los s/. 3,000.00 mensuales, de acuerdo con la información disponible de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Para saber si eres una de las personas que puede cobrar el bono puedes revisar en la web bonouniversalfamiliar.pe.

¿Cómo se realizará el pago?

¿Podría cobrarlo otra persona?

El subsidio monetario sólo puede cobrarlo la persona autorizada definida por el Ministerio.

En caso el familiar autorizado para recibir el bono ha fallecido o no puede cobrar porque está en el extranjero, situación de discapacidad, privado de su libertad, o tiene algún impedimento puede registrar su caso en consultas.bonouniversalfamiliar.pe.

Se sugiere ¿adjuntar una evidencia que sustente por qué no puede cobrar la persona autorizada.

¿Puedo cobrar si mi DNI está vencido?

De acuerdo con la Resolución Jefatural N° 000043-2020/JNAC/RENIEC, si el documento de identidad se encuentra vencido el beneficiario sí puede cobrar el subsidio siguiendo la modalidad de pago que le haya indicado la plataforma.

Fuente: rpp.pe

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