Esta quincena de diciembre las empresas deberán pagar la gratificación de Navidad a sus trabajadores, pero ¿Cómo saber si recibiré este dinero extra?
Las empresas privadas tienen tiempo hasta el próximo miércoles 15 de diciembre para depositar la gratificación de Navidad 2021 a sus trabajadores formales.
Este beneficio laboral se entrega dos veces al año y es equivalente a la última remuneración básica del trabajador, sin descuentos, sumado a una bonificación extraordinaria de 9% por EsSalud o 6.75% si tu seguro es EPS. Pero, ¿Cómo saber si me corresponderá recibir la gratificación de este mes?
¿Quiénes reciben la ‘grati’?
Este derecho laboral se entrega a los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial. Para recibir este dinero extra el trabajador deberá haber laborado al menos un mes completo en el semestre de julio a diciembre del 2021.
En el caso de los empleados de las pequeñas empresas, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), la ley indica que ellos percibirán medio sueldo de gratificación.
También tienen derecho a medio sueldo de gratificación, los trabajadores de la microempresa que hayan sido contratados antes de que la microempresa se inscriba en el Remype.
Asimismo, conforme a la Ley 31047, los trabajadores del hogar deben recibir una gratificación equivalente a un sueldo completo.
En el caso de los trabajadores comprendidos en el Régimen Laboral Agrario, ellos recibirán ‘grati’ si comunicaron a su empleador que deseaban recibir este dinero de manera semestral. Sino lo hicieron entonces ya están recibiendo su gratificación dentro de su remuneración diaria.
¿Hay diferencia si trabajo en la modalidad remota?
La laboralista del estudio Payet, Cristina Oviedo, precisa que el pago de la gratificación legal no depende de si el trabajador presta servicios de forma remota o presencial.
«El pago de la gratificación legal de los trabajadores que laboran en trabajo remoto es la misma para los que laboran de forma presencial, siempre y cuando se encuentren laborando efectivamente durante la quincena de diciembre y tengan como mínimo 1 mes de servicios para su empleador«, indicó.
Para tener derecho a la gratificación legal por Navidad, el trabajador debe encontrarse laborando efectivamente durante la quincena de diciembre o estar en descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones, licencia que origine el pago de subsidios, descanso por accidente de trabajo que esté remunerado o pagado con subsidios de la seguridad social.
¿Qué puede hacer el trabajador si no le pagan la ‘grati’?
La experta en derecho laboral señala que el trabajador tiene dos alternativas:
- Denunciar a la SUNAFIL la falta de pago de la gratificación legal o el pago incompleto del beneficio, así como los intereses legales generados.
- Demandar en el Poder Judicial el reintegro de la gratificación legal y sus intereses. El plazo de prescripción es de cuatro años computados desde el cese del trabajador.
Asimismo, estas empresas pueden ser sancionadas con multas diferenciadas que van desde los S/ 484 hasta los S/ 114,928. En la microempresa la multa mínima es S/ 484 y la máxima S/ 1,980, y en la pequeña empresa la multa mínima es S/ 1,980 y la máxima S/ 19,800.
Mientras que para la mediana y gran empresa la multa mínima es S/ 6,908 y la máxima de S/114,928.